http://www.philips.es/c-m-li/lampara-de ... ector.html
También dejo un aporte sobre la normativa del boe, que ya sabéis que eso se la pasan por el forro en cada ciudad...
Oculto:
http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826
Todo automóvil, con excepción de los reseñados en las tablas siguientes
Tipo de luz Número Color Situación (9) Obligatorio o no
Luz de cruce 2 BLANCO Delante. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de carretera Un número par (1) BLANCO Delante. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de marcha atrás 1 ó 2 BLANCO Detrás (1) Obligatorio
Luces indicadoras de dirección Un número par mayor de dos (1) AMARILLO AUTO Bordes exteriores y lateral (1) Obligatorio
Señal de emergencia Igual n.° que los indicadores de dirección (1) AMARILLO AUTO Igual n.° que los indicadores de dirección (1) Obligatorio
Luz de frenado 2 ROJO Detrás. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Tercera luz de freno 1 (1) ROJO Detrás. Sobreelevada (1) Opcional
Luz de la placa de matrícula trasera 1 BLANCO La necesaria para iluminar la placa Obligatorio
Luz de posición delantera 2 BLANCO Delante. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de posición trasera 2 ROJO Detrás. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de estacionamiento 2 ó 4 (2) BLANCO delante Rojo detrás AMARILLO AUTO lateral En los bordes exteriores (1) Opcional (3)
Luz antiniebla trasera 1 ó 2 ROJO Si es una, a la izquierda o en el centro. Si son dos, en los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz antiniebla delantera 2 BLANCO o AMARILLO SELECTIVO Delante (1) Opcional
Luz de gálibo 2 visibles por delante y 2 visibles por detrás BLANCO delante ROJO detrás Lo más alto que permita el vehículo (1) Obligatoria (4)
Catadióptricos delanteros no triangulares 2 BLANCO Delante (1) Opcional
Catadióptricos traseros no triangulares 2 ROJO Detrás. En los bordes exteriores Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares Mínimo 2, máximo en función de la longitud del vehículo (1) AMARILLO AUTO (5) En el lateral, uniformemente distribuidas Opcional (6)
Luz de posición lateral Mínimo 2, máximo en función de la longitud del vehículo (1) AMARILLO AUTO (5) En el lateral uniformemente distribuidas Obligatorio (7)
Alumbrado Interior del habitáculo Opcional (8)
Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puertas Opcional
(1) En función de las categorías y de la reglamentación vigente.
(2) Dos delanteras y dos traseras o una delante y otra detrás, coincidiendo con las de posición.
(3) Si la longitud del vehículo no es mayor de 6 m, y su anchura es menor de 2. En los demás vehículos está prohibida.
(4) Es obligatoria para vehículos de más de 2,10 m de anchura y opcional para vehículos de anchura entre 1,80 y 2,10 m. En cabinas con bastidor es opcional la luz de gálibo trasera.
(5) Excepcionalmente rojas, si están agrupadas, combinadas o mutuamente incorporadas con un dispositivo trasero
(6) Es obligatorio para vehículos demás de 6 m de longitud.
(7) Obligatoria en vehículos cuya longitud supere los 6 m excepto en las cabinas con bastidor y opcional para el resto.
(8) Es obligatoria para los destinados al servicio público de viajeros y los de alquiler con conductor
(9) La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de los vehículos automóviles.
Todo automóvil, con excepción de los reseñados en las tablas siguientes
Tipo de luz Número Color Situación (9) Obligatorio o no
Luz de cruce 2 BLANCO Delante. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de carretera Un número par (1) BLANCO Delante. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de marcha atrás 1 ó 2 BLANCO Detrás (1) Obligatorio
Luces indicadoras de dirección Un número par mayor de dos (1) AMARILLO AUTO Bordes exteriores y lateral (1) Obligatorio
Señal de emergencia Igual n.° que los indicadores de dirección (1) AMARILLO AUTO Igual n.° que los indicadores de dirección (1) Obligatorio
Luz de frenado 2 ROJO Detrás. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Tercera luz de freno 1 (1) ROJO Detrás. Sobreelevada (1) Opcional
Luz de la placa de matrícula trasera 1 BLANCO La necesaria para iluminar la placa Obligatorio
Luz de posición delantera 2 BLANCO Delante. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de posición trasera 2 ROJO Detrás. En los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz de estacionamiento 2 ó 4 (2) BLANCO delante Rojo detrás AMARILLO AUTO lateral En los bordes exteriores (1) Opcional (3)
Luz antiniebla trasera 1 ó 2 ROJO Si es una, a la izquierda o en el centro. Si son dos, en los bordes exteriores (1) Obligatorio
Luz antiniebla delantera 2 BLANCO o AMARILLO SELECTIVO Delante (1) Opcional
Luz de gálibo 2 visibles por delante y 2 visibles por detrás BLANCO delante ROJO detrás Lo más alto que permita el vehículo (1) Obligatoria (4)
Catadióptricos delanteros no triangulares 2 BLANCO Delante (1) Opcional
Catadióptricos traseros no triangulares 2 ROJO Detrás. En los bordes exteriores Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares Mínimo 2, máximo en función de la longitud del vehículo (1) AMARILLO AUTO (5) En el lateral, uniformemente distribuidas Opcional (6)
Luz de posición lateral Mínimo 2, máximo en función de la longitud del vehículo (1) AMARILLO AUTO (5) En el lateral uniformemente distribuidas Obligatorio (7)
Alumbrado Interior del habitáculo Opcional (8)
Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puertas Opcional
(1) En función de las categorías y de la reglamentación vigente.
(2) Dos delanteras y dos traseras o una delante y otra detrás, coincidiendo con las de posición.
(3) Si la longitud del vehículo no es mayor de 6 m, y su anchura es menor de 2. En los demás vehículos está prohibida.
(4) Es obligatoria para vehículos de más de 2,10 m de anchura y opcional para vehículos de anchura entre 1,80 y 2,10 m. En cabinas con bastidor es opcional la luz de gálibo trasera.
(5) Excepcionalmente rojas, si están agrupadas, combinadas o mutuamente incorporadas con un dispositivo trasero
(6) Es obligatorio para vehículos demás de 6 m de longitud.
(7) Obligatoria en vehículos cuya longitud supere los 6 m excepto en las cabinas con bastidor y opcional para el resto.
(8) Es obligatoria para los destinados al servicio público de viajeros y los de alquiler con conductor
(9) La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de los vehículos automóviles.